Mujeres , el camino hacia la igualdad
Las últimas elecciones generales han llevado a 124 mujeres al Congreso de los Diputados. Un éxito inimaginable hace 80 años, cuando la Constitución de la II República española, aprobada el 9 de diciembre de 1931, no solo convirtió a España en un Estado democrático laico, sino que estableció el sufragio universal, con lo que la mujer conquistó su derecho al voto. España se adelantaba así a países como Francia, Bélgica o Suiza, donde no existía el voto femenino, y se igualó a los países donde las sufragistas habían cambiado el signo de la historia, como Estados Unidos, Inglaterra, Australia o Finlandia. En el franquismo ni hombres ni mujeres pudieron votar con total libertad en las manipuladas y escasas consultas que se dieron durante los 40 años de dictadura. La actual democracia devolvió la igualdad legal a hombres y mujeres con leyes que tratan de combatir la discriminación por razón del sexo.
Hasta la República solo podían votar viudas y solteras emancipadas
Las conquistas de las mujeres en la historia nunca fueron fáciles. La dictadura de Primo de Rivera permitió votar, en las elecciones municipales de 1924, a las mujeres “que no estén sujetas a la patria potestad, autoridad marital o bajo tutela superior”, lo que venía a significar que las casadas no podían votar para no crear disputas con el marido, así que solo las solteras emancipadas o las viudas adquirieron entonces el derecho al voto.
Tampoco la República vio inicialmente las cosas claras, hasta el punto de que se originó en toda España un fuerte debate sobre si dar o no a la mujer el derecho al voto. La ley electoral en realidad estaba vigente desde 1907, pero el Gobierno provisional hizo algunas modificaciones aprobando en mayo de 1931 un Decreto para que todos los hombres mayores de 23 años pudieran votar, pero en cambio a las mujeres se les denegó tal opción, aunque podían ser elegidas, como los curas, por lo que los cambios electorales en profundidad se pospusieron para la nueva Constitución.
Romper las cadenas de la tradición machista del país y del poder de la Iglesia, que consideraba el voto de la mujer “contra natura”, fue una ardua labor que llevó incluso a enfrentarse a dos diputadas progresistas.
Victoria Kent (Izquierda Republicana) y Clara Campoamor (Partido Radical) fueron las dos únicas mujeres elegidas en las elecciones de junio de 1931, constituyendo una pequeña isla en aquellas Cortes constituyentes de 465 diputados y a ellas les correspondió defender las posturas opuestas que existían sobre la cuestión. Margarita Nelken (Partido Socialista) se les unió más tarde, tras las elecciones parciales de octubre de 1931, cuando el artículo sobre el voto femenino ya había sido discutido. Nelken se convirtió en la única mujer que estuvo presente en todas las etapas parlamentarias de la República.
En el anteproyecto que se presentó y que defendió el jurista Ángel Ossorio y Gallardo solo se reconocía el voto para las mujeres solteras y viudas, tal como venía sucediendo anteriormente. A la abogada malagueña Victoria Kent, que se había hecho famosa en 1930 por ser la primera mujer del mundo que había participado en un Consejo de Guerra, consiguiendo la absolución de su defendido (Álvaro de Albornoz), le tocó el papel de esgrimir los argumentos contra el voto de la mujer, apoyada por Margarita Nelken, por considerarlo peligroso en aquellos momentos, dado el nivel cultural y social de sometimiento de la mujer, lo que en su opinión podría poner en peligro la propia República: . «No es cuestión de capacidad, es cuestión de oportunidad para la República». Esa inconveniencia fue rechazada de plano por la también abogada Clara Campoamor, incluso contra la opinión de su partido, “Aunque no queráis y si por acaso admitís la incapacidad femenina, votáis con la mitad de vuestro ser incapaz. Yo y todas las mujeres a quienes represento queremos votar con nuestra mitad masculina, porque no hay degeneración de sexos, porque todos somos hijos de hombre y mujer y recibimos por igual las dos partes de nuestro ser, argumento que han desarrollado los biólogos. Somos producto de dos seres; no hay incapacidad posible de vosotros a mí, ni de mí a vosotros.
Desconocer esto es negar la realidad evidente. Negadlo si queréis; sois libres de ello, pero sólo en virtud de un derecho que habéis (perdonadme la palabra, que digo sólo por su claridad y no con espíritu agresivo) detentado, porque os disteis a vosotros mismos las leyes; pero no porque tengáis un derecho natural para poner al margen a la mujer”.
Su encendido discurso realizado el 1 de octubre de 1931 fue convincente y aquella Cámara dominada por los hombres aprobó la redacción del sufragio femenino por 40 votos de diferencia (161 síes y 121 noes) . Tres meses más tarde, el 9 de diciembre de 1931, se aprobó la nueva Constitución y aquel proyecto se convirtió en su artículo 36: “Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”.
Esto supuso que algo más de seis millones de mujeres pudieran votar y ser elegidas. Victoria Kent perdió aquella batalla que la hizo muy impopular hasta el punto de que no pudo revalidar su acta de diputada en las elecciones de noviembre de 1933; pero un año después, mostró su espíritu progresista y comprometido, ya que al ser nombrada Directora General de Prisiones, cambió profundamente los reglamentos y la vida en las cárceles, y en 1936 volvió a las Cortes como diputada por Izquierda Republicana.
Mientras, en aquellas elecciones de 1933, tal como ella misma había pronosticado, ganaron los partidos conservadores, pero se incorporaron al Congreso –la única Cámara legislativa de la República- tres mujeres de derechas (Francisca Bohigas, María Urraca Pastor y Pilar Careaga) y otras tres de izquierdas (Margarita Nelken, Matilde de la Torre y María Lejárraga). Tampoco Clara Campoamor repitió como diputada e incluso
Izquierda República le denegó posteriormente la admisión en el partido, lo que le llevó a escribir un libro que se publicó en 1935: “Mi pecado mortal. El voto femenino y yo”.